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SE IMPONE PRISIÓN DE 3 A 6 AÑOS A LOS QUE SIMULAN OPERACIONES CON FACTURAS.

Actualizado: 11 oct 2019

El tema de las facturas simuladas en México es común para la evasión de impuestos y puesto a práctica por los contribuyentes.




En 2014 surgió una nueva disposición para las facturas electrónicas (CFDI´s) a través del servicio de administración tributaria para poder identificar de una manera más directa las operaciones que tienen los contribuyentes y así poder identificar la carga fiscal.


Sin embargo, es una costumbre en México la evasión fiscal a través de diversas técnicas que se han adaptado en los cambios fiscales que han surgido de los periodos de los distintos gobiernos pasados, por lo que una de ellas es por medio la disminución de la utilidad fiscal con deducciones de gastos autorizados cumpliendo con la obligación que dicta el código fiscal de la federación que es por medio de CFDI´s (Art. 29, 29-A).


Dentro del Capítulo II “De los delitos fiscales” en el artículo 113 se establece la sanción de prisión por estos actos cometidos que iba anteriormente de tres meses mínimo a seis años. Por lo que se determinaba por medio del impacto fiscal que ocasionaba esta acción.


El día 16 de Mayo del 2019 se decretó a través del diario oficial de la federación el aumento a la sentencia por estos actos ilícitos de 3 años como mínimo a 6 años como parte de estrategia del gobierno actual para combatir la corrupción, con entrada en vigor al día siguiente después de su publicación a través de la adición del artículo 113 Bis que menciona:


“Artículo 113 Bis.- Se impondrá sanción de tres a seis años de prisión, al que expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.”


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Teléfonos: (+52) 55-57-85-52-05, (+52) 55-36-60-52-04.

Correo: impexnal@gmail.com


C.P. Bernardino Barrera Fuentes.



 

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